jueves, 29 de septiembre de 2016

PROBLEMATICA

PROBLEMATICA: "En alguna ocasión un turista en virtud de condición de visitante y argumentando que en su país de origen es legal el porte y consumo de dosis personal de drogas alucinógenas, le solicita a usted quien es el guía de turismo encargado de guiarlo, su ayuda para a adquirir dicha dosis;  ya que una de sus funciones como guía es la de   asistir al turista."    


        Problema: En este caso el problema radica en que de el país de origen del turista está permitido el uso de sustancias psicoactivas, y no se sabe si es dependiente de estas drogas.
·         Hechos: 1. El guía está en todo el derecho proteger la integridad del turista.
2. el turista pide algo que puede causarle algún tipo de lesión a él, a los acompañantes.
·       Implicaciones: Son deberes y obligaciones del Guía de Turismo:
·         1. Prestar sus servicios en los términos ofrecidos y pactados con el visitante y con la                                     empresa que lo contrate y garantizar el cumplimiento de los mismos.
2. Respetar la identidad y la diversidad cultural de las comunidades ubicadas en zonas  
Por otro lado el guía estaría expuesto a sanciones tal como lo dice el Capítulo VI. De las                      infracciones y sanciones  Artículo 10. Los Guías de Turismo estarán sometidos al régimen general de infracciones y sanciones establecidas en la Ley 300 de 1996 y en sus decretos reglamentarios, sin perjuicio de las sanciones policivas o penales a que se hicieren acreedores y de las que impusiere el Consejo Profesional de Guías de Turismo.
·         Posible solución: En alguno de estos caso lo mejor, es comentarle al turista que en nuestro país las drogas son ilegales, indicarle que acarrea problemas judiciales, para quien las porta
·         Le comunicaría, la situación del país las normatividades que existen para ello, le comentaría respecto a la responsabilidad con la que me encuentro, haciéndolo entrar en razón.

No hay comentarios:

Publicar un comentario